Ir al contenido principal

¿Qué debo tener en cuenta con las versiones?

Benno avatar
Escrito por Benno
Actualizado esta semana

Primero las buenas noticias: es posible publicar versiones, remezclas y ediciones a través de recordJet.

Sin embargo, la obtención de los derechos necesarios depende de si se trata realmente de una versión o de un arreglo. En cuanto se cambian algo más que unos pocos acordes de un título musical, la versión se convierte en un arreglo y los derechos no pueden obtenerse de la entidad de gestión colectiva (por ejemplo, GEMA, SGAE), sino que deben adquirirse directamente de los titulares de los derechos. Estos derechos suelen ser propiedad de los propios artistas, los autores (compositores y letristas), el sello discográfico responsable o la editorial.

Le recomendamos que averigüe con un abogado si necesita o no las autorizaciones pertinentes. Así tendrá la seguridad de que no le demandarán. En cuanto haya aclarado todas las formalidades, puede empezar a publicar.

Ten en cuenta también:

  • Los letristas y compositores de la canción original deben estar acreditados.

  • Los títulos de los álbumes no deben inducir a error ni jugar con los nombres de artistas populares.

  • No pueden utilizarse denominaciones de géneros, letras de canciones o nombres de los artistas originales como títulos de álbumes o pistas.

  • En ningún caso podrá utilizarse el ISRC de la pista original.

  • La carátula no debe inducir a error: no se puede representar ni nombrar a ningún artista que no participe en el lanzamiento.

  • En el caso de una remezcla, debe introducirse el nombre de la mezcla (por ejemplo, «Skrillex Remix») en el campo «Versión del título».

Importante: No se pueden vender a través de recordJet tributos (covers), karaoke ni contenido de dominio público.

¿Ha quedado contestada tu pregunta?